ANUNCIO PROCEDIMIENTO SELECTIVO PARA LA CREACIÓN DE UNA BOLSA
EDUCADORES SOCIALES. OFERTA EMPLEO INAEM 2025. EXPTE. 1.163/2025

 

 

 

La Presidencia de esta Comarca por Resolución de fecha 16 de septiembre de
2025, ha dictado el Decreto no 1.039/2025, del siguiente tenor literal:
– Denominación: Proceso de selección para la creación de una bolsa de
Educadores Sociales. Oferta empleo INAEM 2025.
RESUELVO:
“Primero.- Lanzar una oferta de empleo público al INAEM, para que se dé difusión
a la presente oferta de empleo y envíe a las personas candidatas para cubrir el puesto de
Educador/a Social mediante contrato como Personal Laboral Temporal, mientras dure la
Baja IT de la empleada Pública Sustituida (PGF), o hasta que se considere necesaria la
sustitución, a jornada completa, y crear una bolsa de empleo para las necesidades que
puedan surgir.
Las personas solicitantes han de cumplir con los requisitos establecidos en las
bases de selección aprobadas por el Consejo Comarcal de 24 de noviembre de 2022 y
publicadas en el BOA de 15 de diciembre de 2022:
Para participar en el proceso selectivo convocado, los aspirantes deberán de reunir
el día de finalización del plazo de presentación de instancias los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del
texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real
Decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa o de aquella otra que pueda establecerse por ley.
d) No haber sido separado del servicio como personal funcionario de carrera, o
haberse revocado su nombramiento como personal funcionario interino, con carácter firme
mediante procedimiento disciplinario de alguna administración pública u órgano
constitucional o estatutario, ni hallarse inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de
cualesquiera funciones públicas En el caso del personal laboral, no hallarse inhabilitado
por sentencia firme, o como consecuencia de haber sido despedido disciplinariamente de
forma procedente, para ejercer funciones similares a las propias de la categoría
profesional a la que se pretende acceder.
e) Estar en posesión de la siguiente titulación o en condiciones de obtenerlo dentro
del plazo de presentación de solicitudes de la siguiente titulación:

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Plazas Grupo Titulación Requerida
Educador A2 Título de Diplomado o Grado de Educador Social, o poseer
Habilitación como Educador Social, siempre que vaya acompañada
de una Titulación Universitaria.

La titulación se acreditará mediante la expedición de los títulos correspondientes por
la autoridad académica competente. En el caso de equivalencia de títulos corresponderá a
la persona interesada la acreditación de la homologación correspondiente. Asimismo, en el
caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial
que acredite su homologación.
f) No ser personal (funcionario de carrera/laboral fijo) de esta comarca perteneciente a
la subescala, categoría y en su caso, clase, objeto de la presente convocatoria.
En la fecha de presentación de instancias deberá estarse en posesión de la totalidad
de los requisitos exigidos en la Convocatoria.
Segundo.- Los candidatos deberán remitir via telemática a través de Instancia
General por la Sede Electrónica https://bajoaragon.sedelectronica.es/ o a través de las
oficinas de registro de la Comarca del Bajo Aragón o por cualquiera de los procedimientos
previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento
Administrativo Común. Las solicitudes pueden presentarse desde el miércoles 17 de
septiembre al martes 23 de septiembre de 2025 a las 13:00 horas, una instancia
(según modelo del Anexo I) solicitando participar en el proceso de selección, la cual
acompañarán de toda la documentación establecida en las Bases de selección, es decir,
copia del Documento Nacional de Identidad o documento equivalente para los extranjeros,
así como fotocopia del Título exigido. Los documentos acreditativos de los méritos
alegados, se presentarán junto con la instancia y se hará en la misma una relación de los
mismos, en un documento excel adjunto a la instancia.
El miércoles 24 de septiembre, se publicará el listado de admitidos y excluidos,
abriéndose un plazo de subsanación hasta el lunes 29 de septiembre a las 13:00 horas.
Ese mismo día se publicará la lista definitiva de admitidos y excluidos.
El examen se realizará el jueves 2 de octubre a las 8:30 horas en la Sede de la
Comarca del Bajo Aragón, sita en C/ Mayor, n.o 22 de Alcañiz, y se podrán presentar
alegaciones a la puntuación obtenida hasta el lunes 6 de octubre. En un plazo inferior a 15
días se publicará la baremación de méritos así como el orden de llamamientos de la Bolsa
que surja de la Oferta de Empleo, dándose un plazo de 5 días hábiles para posibles
alegaciones.
Esta bolsa siempre será suplemento de la bolsa convocada y finalizada por la
Comarca del Bajo Aragón vigente y solo se empleará mientras no existan integrantes en
dicha bolsa disponibles para incorporarse a los puestos ofertados, o mientras no exista
una nueva convocatoria y proceso de creación de una bolsa de trabajo por los cauces
habituales.

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Tercero.- El sistema de selección será concurso-oposición. La selección se
efectuará mediante la realización de un ejercicio de carácter obligatorio y eliminatorio y
posteriormente la valoración de los méritos alegados.
El ejercicio de la fase de oposición consistirá en resolver por escrito un supuesto
práctico relacionado con las funciones propias del puesto de trabajo, y versará sobre las
materias del temario correspondiente a la convocatoria de la Bolsa de trabajo para la
contratación con carácter temporal de Educadores Sociales, publicadas en el BOPTE
número 26, de fecha 6 de febrero de 2018. El Tribunal señalará en el momento de
proponer este ejercicio el tiempo concedido para su realización, sin que su duración pueda
exceder de sesenta minutos. Este ejercicio se valorará con un máximo de 20 puntos,
siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 10 puntos. A los aspirantes que
hubieran superado el primer ejercicio de la oposición se les valorarán los méritos alegados.
Los aspirantes serán convocados para el ejercicio en llamamiento único, quedando
decaídos en su derecho los opositores que no comparezcan a realizarlo, salvo los casos
de fuerza mayor debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.
Si en cualquier momento del proceso selectivo llegara a conocimiento del Tribunal
que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos en la presente
convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión a la
Presidencia de la Comarca, indicando las inexactitudes o falsedades formuladas por el
aspirante en la solicitud de admisión a estas pruebas selectivas, a los efectos procedentes.
En cualquier momento los órganos competentes de selección podrán requerir a los
opositores para que acrediten su identidad.
Los méritos deben valorarse con referencia a la fecha de presentación de
instancias y se acreditarán documentalmente con la solicitud de participación.
Todos los documentos deberán estar redactados en castellano o ir acompañados
de traducción oficial.
La puntuación máxima a obtener en será de 10 puntos de acuerdo a los siguientes
parámetros:
a) Experiencia profesional, se valorará hasta un máximo de 6 puntos, conforme a
las siguientes reglas:
1. Por servicios prestados en el ámbito de la Administración Local convocante en la
misma categoría de la plaza convocada: 0,35 puntos por cada mes trabajado
2. Por servicios prestados en el ámbito de cualquier otra Administración distinta a
la convocante en la misma categoría de la plaza convocada: 0,25 puntos por cada mes
trabajado
Los servicios prestados en otras administraciones y entidades públicas se
acreditarán mediante certificado del secretario de la Corporación o fotocopia del contrato
laboral y certificado de vida laboral. En todo caso, deberá quedar suficientemente

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acreditado la duración de los servicios prestados, la jornada laboral y las funciones
realizadas por el solicitante.
Los servicios prestados en el sector privado se acreditarán mediante contrato de
trabajo y certificado de vida laboral.
La no aportación de certificado de vida laboral excluirá la valoración de este mérito.
En todo caso, deberá quedar suficientemente acreditado la duración de los servicios
prestados, la jornada laboral y las funciones realizadas por el solicitante.
-No se valorarán los servicios prestados como personal eventual, personal directivo
profesional, personal titular de órganos directivos y superiores, personal contratado con
sujeción a las reglas de derecho administrativo y personal vinculado por un contrato no
laboral de prestación de servicios, sea de naturaleza civil o mercantil. Tampoco se
valorarán los realizados como alumnado trabajador contratado en desarrollo de programas
de políticas activas de empleo.
En los supuestos de contratos de trabajo a tiempo parcial, se computarán los
servicios prestados conforme al porcentaje de la jornada efectivamente desarrollada.
-Los servicios prestados se valorarán por meses, a estos efectos se sumarán de
forma independiente en días todos los períodos correspondientes, dividiéndose el
resultado por treinta, incluso con decimales.
b) Méritos académicos y formación, se valorarán hasta un máximo de 4 puntos,
conforme a las siguientes reglas:

-CURSOS DE FORMACION : Se valorará, con un máximo de 3 puntos, únicamente
las acciones formativas que hubieran sido impartidas por centros oficiales o debidamente
homologados y versen sobre materias directamente relacionadas con los correspondientes
puestos de trabajo objeto de la presente convocatoria a razón de 0,025 puntos la hora.
Se acreditarán mediante fotocopia de los correspondientes títulos o diplomas.
La formación anterior a 1 de enero de 2005 correspondiente a acciones formativas
organizadas o acreditadas por las entidades citadas se valorarán con 0,015 puntos cada
hora de formación.
Se establece el valor de los créditos de los cursos pertenecientes a el ECTS
(Sistema Europeo de Transferencia y Acumulación de Créditos) de 25 horas por crédito y
el valor de los créditos del resto de cursos en 10 horas por crédito.
Únicamente se valorarán los cursos formativos con una duración mínima de 20
horas, no computándose los cursos que contengan menos horas. Asimismo, las acciones
formativas en las que los aspirantes no acrediten su duración no serán computadas. Los
cursos con una duración igual o superior a 20 horas se valorarán todas las horas del curso.

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TITULACIÓN ACADÉMICA: Se valorará, con un máximo de 1 puntos.
Se valorarán todas las titulaciones directamente relacionadas con las
categorías/especialidades de las plazas convocadas (excluida la que sea requisito de
acceso) con arreglo a los siguientes criterios:
Estar en posesión de Máster, Doctorado o Postgrado: 1,00 puntos
Estar en posesión de Titulo de Grado o Licenciatura equivalente: 0,7 puntos
Estar en posesión de Titulo de Diplomatura o equivalente: 0,5 puntos.
Estar en posesión del Titulo de Técnico Superior o equivalente: 0,4 puntos.
Estar en posesión de Titulo de Bachillerato o equivalente: 0,35 puntos.
Estar en posesión de Título de Técnico Medio o equivalente: 0,3 puntos.
Estar en posesión de Graduado en ESO o equivalente: 0,25 puntos.

Todos los documentos deberán estar redactados en castellano o ir acompañados de
traducción oficial. Si no, no se valorarán.
Se establece un sistema de desempate estableciendo el mismo del siguiente modo:
– En primer lugar, tendrá prioridad el aspirante con mayor puntuación obtenida en el
apartado experiencia profesional en la entidad convocante.
– De persistir el empate, se tendrá en cuenta la mayor puntuación obtenida en el
apartado de méritos académicos y de formación.
– En último caso, y de persistir el empate, este se deshará por sorteo.
Cuarto.- Determinar la siguiente composición del Tribunal Calificador de las
pruebas selectivas de referencia:
Presidenta:
Titular:Da. Berta Zapater Vera
Suplente: Da. Blanca Prieto Suárez-Bárcena
Secretaria:
Titular: Da Ángela Oliete Loscos
Suplente: Da. Yolanda Viver Fígols
Vocales:
1o Titular: Da. Marta Estabén García
Suplente: Da. Gloria Fernández Ferrer
2o Titular: Da Raquel Pérez Cuella
Suplente: Da. Marta Atencia Úbeda
3o Titular: Da. M.a. Isabel Cases Santafé
Suplente: Da. Ana Cerrada Puri

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Quinto.- Declarar urgente la tramitación del presente expediente, reduciendo los
plazos, dando publicidad en la web y redes sociales de la institución, así como en el tablón
de la Sede Electrónica a la presente oferta de Empleo Público y resto de medios que se
consideren pertinentes.”